Impuestos
Calculadora de retención en la fuente 2026
Retención por salarios 2026, procedimiento 1: aportes, dependientes, renta exenta del 25% y la tabla UVT del art. 383.
Resultado
Se actualiza mientras escribeRetención en la fuente del mes (2026)
$ 92.049
- Aportes a salud, pensión y FSP (9%)
- − $ 720.000
- Subtotal (ingreso neto)
- $ 7.280.000
- Renta exenta del 25%
- − $ 1.820.000
- Base gravable
- $ 5.460.000 = 104,25 UVT
- Rango de la tabla
- 95 a 150 UVT, tarifa 19%
- Retención en UVT
- 1,76 UVT
- Tasa efectiva sobre el ingreso
- 1,15%
Cómo se calcula
La retención en la fuente por salarios (procedimiento 1) parte de los pagos laborales del mes. Se restan los aportes obligatorios a salud y pensión, las deducciones (dependientes 10% hasta 32 UVT, intereses de vivienda, medicina prepagada) y la renta exenta del 25% (hasta 790 UVT al año); deducciones más exentas no superan el 40% del ingreso neto ni 1.340 UVT al año. La base se convierte a UVT ($ 52.374 en 2026) y se aplica la tabla del art. 383 del Estatuto Tributario.
Ejemplo
Salario de $ 8.000.000 sin dependientes, 2026:
- Aportes: salud $ 320.000 + pensión $ 320.000 + FSP $ 80.000 = $ 720.000; subtotal $ 7.280.000
- Renta exenta 25%: $ 1.820.000 (bajo el límite); base $ 5.460.000 = 104,25 UVT
- Tabla: (104,25 UVT − 95 UVT) × 19% = 1,76 UVT → $ 92.049
Tabla del art. 383 y retención por salario 2026
Tabla del artículo 383 (en UVT)
| Base gravable (UVT) | En pesos 2026 | Tarifa marginal | Retención |
|---|---|---|---|
| Base gravable (UVT): De 0 a 95 | En pesos 2026$ 0 a $ 4.975.530 | Tarifa marginal0% | Retención0 |
| Base gravable (UVT): De 95 a 150 | En pesos 2026$ 4.975.530 a $ 7.856.100 | Tarifa marginal19% | Retención(base en UVT − 95) × 19% |
| Base gravable (UVT): De 150 a 360 | En pesos 2026$ 7.856.100 a $ 18.854.640 | Tarifa marginal28% | Retención(base en UVT − 150) × 28% + 10 UVT |
| Base gravable (UVT): De 360 a 640 | En pesos 2026$ 18.854.640 a $ 33.519.360 | Tarifa marginal33% | Retención(base en UVT − 360) × 33% + 69 UVT |
| Base gravable (UVT): De 640 a 945 | En pesos 2026$ 33.519.360 a $ 49.493.430 | Tarifa marginal35% | Retención(base en UVT − 640) × 35% + 162 UVT |
| Base gravable (UVT): De 945 a 2.300 | En pesos 2026$ 49.493.430 a $ 120.460.200 | Tarifa marginal37% | Retención(base en UVT − 945) × 37% + 268 UVT |
| Base gravable (UVT): Más de 2.300 | En pesos 2026Más de $ 120.460.200 | Tarifa marginal39% | Retención(base en UVT − 2300) × 39% + 770 UVT |
Retención por salario
| Salario | Base (UVT) | Retención | Con dependientes |
|---|---|---|---|
| Salario: $ 5.000.000 | Base (UVT)65,87 | Retención$ 0 | Con dependientes$ 0 |
| Salario: $ 6.000.000 | Base (UVT)79,05 | Retención$ 0 | Con dependientes$ 0 |
| Salario: $ 7.000.000 | Base (UVT)92,22 | Retención$ 0 | Con dependientes$ 0 |
| Salario: $ 8.000.000 | Base (UVT)104,25 | Retención$ 92.049 | Con dependientes$ 0 |
| Salario: $ 9.000.000 | Base (UVT)117,28 | Retención$ 221.724 | Con dependientes$ 93.474 |
| Salario: $ 10.000.000 | Base (UVT)130,31 | Retención$ 351.399 | Con dependientes$ 208.899 |
| Salario: $ 12.000.000 | Base (UVT)156,38 | Retención$ 617.232 | Con dependientes$ 439.749 |
| Salario: $ 15.000.000 | Base (UVT)195,47 | Retención$ 1.190.532 | Con dependientes$ 875.532 |
| Salario: $ 20.000.000 | Base (UVT)281,67 | Retención$ 2.454.605 | Con dependientes$ 1.985.334 |
| Salario: $ 30.000.000 | Base (UVT)453,13 | Retención$ 5.223.350 | Con dependientes$ 4.670.280 |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la retención en la fuente de un salario de $ 8.000.000 en 2026?
$ 92.049 al mes sin dependientes. Del salario se restan $ 720.000 de aportes (salud, pensión y Fondo de Solidaridad), queda $ 7.280.000; la renta exenta del 25% es $ 1.820.000; la base es $ 5.460.000, 104,25 UVT, en el rango del 19%: (104,25 UVT − 95 UVT) × 19% = 1,76 UVT. Con un dependiente la base baja de 95 UVT y la retención es cero.
¿Desde qué salario se aplica la retención en la fuente?
Desde una base gravable de 95 UVT al mes, $ 4.975.530 en 2026. Como de la base ya se restaron aportes, deducciones y la renta exenta del 25%, en la práctica la retención empieza en salarios de unos $ 7.300.000 sin dependientes y de unos $ 8.200.000 con dependientes.
¿Cómo se depura la base (procedimiento 1)?
Ingreso del mes menos los aportes obligatorios a salud y pensión (ingresos no constitutivos de renta); menos las deducciones: dependientes (10% del ingreso, hasta 32 UVT), intereses de vivienda y medicina prepagada; menos la renta exenta del 25% (hasta 790 UVT al año). Deducciones y rentas exentas no pueden superar el 40% del ingreso neto ni 1.340 UVT al año (art. 388 ET). El resultado en UVT va a la tabla del art. 383.
¿Qué diferencia hay entre el procedimiento 1 y el 2?
Con el procedimiento 1 el empleador depura cada mes y aplica la tabla al pago del mes. Con el 2 calcula en junio y diciembre un porcentaje fijo con el promedio de los 12 meses anteriores y lo aplica durante el semestre siguiente. El empleador elige; esta calculadora usa el 1.
¿Quién cuenta como dependiente?
Hijos hasta 18 años; hasta 23 si usted financia su educación superior; mayores en situación de dependencia por factores físicos o psicológicos; cónyuge o compañero sin ingresos (o con ingresos del año menores a 260 UVT); padres o hermanos en situación de dependencia (Decreto 1625 de 2016, art. 1.2.4.1.18). La deducción es una sola, sin importar cuántos dependientes tenga.
¿La retención es el impuesto final?
No. Es un anticipo del impuesto de renta. Quien está obligado a declarar liquida el impuesto del año con todas sus rentas y deducciones y descuenta lo retenido; si retuvieron de más, hay saldo a favor. Quien no está obligado a declarar puede hacerlo voluntariamente para pedir la devolución.
Fuentes
- Decreto 1625 de 2016 (Único Reglamentario Tributario), arts. 1.2.4.1.6 (depuración de la base), 1.2.4.1.17 (tabla del art. 383 ET) y 1.2.4.1.18 (dependientes); Estatuto Tributario arts. 206, 383, 387 y 388
- DIAN — Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025: valor de la UVT para 2026, $52.374
- Ley 100 de 1993 — art. 18 (base de cotización hasta 25 SMMLV), art. 20 (cotización a pensión 16%: 12% empleador y 4% trabajador), art. 27 (Fondo de Solidaridad Pensional desde 4 SMMLV), art. 204 (salud 12,5%: 8,5% empleador y 4% trabajador)
Procedimiento 1 sobre el ingreso del mes; el procedimiento 2, los pagos no habituales, los aportes voluntarios y el impuesto de renta anual no se calculan. Los resultados son orientativos.
UVT 2026: $ 52.374 · Actualizado: