Sueldo y trabajo
Calculadora de cesantías
Cesantías de un mes de salario por año o proporcionales, con el auxilio de transporte y los intereses del 12% anual.
Resultado
Se actualiza mientras escribeCesantías del año (2026)
$ 3.000.000
- Base (salario + auxilio)
- $ 3.000.000
- Días del año
- 360 de 360
- Intereses sobre las cesantías (12%)
- $ 360.000
- Cesantías más intereses
- $ 3.360.000
Cómo se calcula
El auxilio de cesantía es un mes de salario por cada año de servicio y proporcional por fracción (CST, art. 249), liquidado con el último salario o el promedio si varió (art. 253), más el auxilio de transporte. Sobre las cesantías de cada año el empleador paga intereses del 12% anual, proporcionales a los días trabajados (Ley 52 de 1975).
Ejemplo
Salario de $ 3.000.000 sin auxilio, año completo:
- Cesantías: $ 3.000.000 × 360 / 360 = $ 3.000.000
- Intereses: $ 3.000.000 × 12% × 360 / 360 = $ 360.000
Tabla de cesantías e intereses
| Salario | Cesantías (360 días) | Intereses (360 días) | Cesantías (180 días) | Intereses (180 días) |
|---|---|---|---|---|
| Salario: $ 1.750.905 | Cesantías (360 días)$ 2.000.000 | Intereses (360 días)$ 240.000 | Cesantías (180 días)$ 1.000.000 | Intereses (180 días)$ 60.000 |
| Salario: $ 2.000.000 | Cesantías (360 días)$ 2.249.095 | Intereses (360 días)$ 269.891 | Cesantías (180 días)$ 1.124.548 | Intereses (180 días)$ 67.473 |
| Salario: $ 2.500.000 | Cesantías (360 días)$ 2.749.095 | Intereses (360 días)$ 329.891 | Cesantías (180 días)$ 1.374.548 | Intereses (180 días)$ 82.473 |
| Salario: $ 3.000.000 | Cesantías (360 días)$ 3.249.095 | Intereses (360 días)$ 389.891 | Cesantías (180 días)$ 1.624.548 | Intereses (180 días)$ 97.473 |
| Salario: $ 4.000.000 | Cesantías (360 días)$ 4.000.000 | Intereses (360 días)$ 480.000 | Cesantías (180 días)$ 2.000.000 | Intereses (180 días)$ 120.000 |
| Salario: $ 5.000.000 | Cesantías (360 días)$ 5.000.000 | Intereses (360 días)$ 600.000 | Cesantías (180 días)$ 2.500.000 | Intereses (180 días)$ 150.000 |
| Salario: $ 6.000.000 | Cesantías (360 días)$ 6.000.000 | Intereses (360 días)$ 720.000 | Cesantías (180 días)$ 3.000.000 | Intereses (180 días)$ 180.000 |
| Salario: $ 8.000.000 | Cesantías (360 días)$ 8.000.000 | Intereses (360 días)$ 960.000 | Cesantías (180 días)$ 4.000.000 | Intereses (180 días)$ 240.000 |
| Salario: $ 10.000.000 | Cesantías (360 días)$ 10.000.000 | Intereses (360 días)$ 1.200.000 | Cesantías (180 días)$ 5.000.000 | Intereses (180 días)$ 300.000 |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto son las cesantías con un salario de $ 3.000.000?
$ 3.000.000 por el año completo (un mes de salario) más $ 360.000 de intereses del 12%. Por medio año: $ 1.500.000 de cesantías y $ 90.000 de intereses (el 12% también se prorratea por los días).
¿Cuándo se pagan las cesantías y los intereses?
El empleador consigna las cesantías del año en el fondo de cesantías hasta el 14 de febrero del año siguiente (Ley 50 de 1990); solo se entregan directamente al terminar el contrato o para vivienda y educación. Los intereses sí se pagan directamente al trabajador hasta el 31 de enero.
¿Cómo se calculan los intereses sobre las cesantías?
12% anual sobre el saldo de cesantías del año, proporcional a los días trabajados: cesantías × 12% × días / 360 (Ley 52 de 1975). Si el empleador no los paga a tiempo, debe pagarlos dobles.
¿Con qué salario se liquidan?
Con el último salario mensual si no cambió en los últimos tres meses; si cambió o es variable, con el promedio de lo devengado en el último año o en el tiempo trabajado (CST, art. 253). El auxilio de transporte se incluye en la base.
¿Quiénes no tienen cesantías?
Quienes tienen salario integral (10 mínimos o más con factor prestacional del 30%), que ya las incluye, y los contratistas por prestación de servicios. Los trabajadores de servicio doméstico sí tienen derecho.
Fuentes
- Código Sustantivo del Trabajo (normograma de la Cancillería) — arts. 64 (indemnización por despido sin justa causa), 161 (jornada de 42 horas), 168 (recargos y horas extras), 186 y 189 (vacaciones), 249 y 253 (cesantías), 306 (prima de servicios)
- Ley 52 de 1975, art. 1 — intereses sobre las cesantías del 12% anual
- Decreto 1470 de 2025 — auxilio de transporte para 2026: $249.095; compilación de Colpensiones
Régimen de cesantías de la Ley 50 de 1990 con base 360; el régimen tradicional anterior a 1991 y el salario integral tienen reglas propias. Los resultados son orientativos.
CST arts. 249 y 253 · Ley 52 de 1975 · Actualizado: