Sueldo y trabajo
Calculadora de liquidación
Liquidación de beneficios sociales: CTS, gratificación y vacaciones truncas e indemnización por despido arbitrario.
Actualizado: D.S. 003-97-TR art. 38
Resultado
Se actualiza mientras escribeLiquidación con indemnización
S/ 21,426.67
- Tiempo de servicios
- 3 años, 7 meses y 15 días
- CTS trunca (5 meses y 15 días)
- S/ 1,604.17
- Gratificación trunca (3 meses)
- S/ 1,500.00
- Bonificación extraordinaria
- S/ 135.00
- Vacaciones truncas (7 meses y 15 días)
- S/ 1,875.00
- Beneficios sociales
- S/ 5,114.17
- Indemnización (5.4375 sueldos)
- S/ 16,312.50
Cómo se calcula
Al terminar el contrato se pagan los beneficios truncos: la CTS desde el último depósito (sueldo más un sexto de la gratificación, por dozavos y treintavos), la gratificación del semestre en curso por meses completos con su bonificación del 9%, y las vacaciones truncas del año en curso más las no gozadas. Si el despido es arbitrario, se añade la indemnización de 1.5 remuneraciones por año con tope de 12.
Ejemplo
Ingreso el 1 de marzo de 2023, despido arbitrario el 15 de octubre de 2026, remuneración S/ 3,000.00:
- CTS trunca: 5 meses y 15 días → S/ 1,604.17
- Gratificación trunca: 3 meses → S/ 1,500.00 + S/ 135.00
- Vacaciones truncas: 7 meses y 15 días → S/ 1,875.00
- Indemnización: 5.4375 sueldos → S/ 16,312.50; total S/ 21,426.67
Tabla de indemnización por despido arbitrario
| Años | Sueldos | Con S/ 3,000.00 |
|---|---|---|
| Años: 1 | Sueldos1.5 | Con S/ 3,000.00S/ 4,500.00 |
| Años: 2 | Sueldos3 | Con S/ 3,000.00S/ 9,000.00 |
| Años: 3 | Sueldos4.5 | Con S/ 3,000.00S/ 13,500.00 |
| Años: 4 | Sueldos6 | Con S/ 3,000.00S/ 18,000.00 |
| Años: 5 | Sueldos7.5 | Con S/ 3,000.00S/ 22,500.00 |
| Años: 6 | Sueldos9 | Con S/ 3,000.00S/ 27,000.00 |
| Años: 8 | Sueldos12 | Con S/ 3,000.00S/ 36,000.00 |
| Años: 10 | Sueldos12 | Con S/ 3,000.00S/ 36,000.00 |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la liquidación con S/ 3,000.00 y 3 años y 7 meses?
En el ejemplo (ingreso el 1 de marzo de 2023, cese el 15 de octubre de 2026): CTS trunca S/ 1,604.17, gratificación trunca S/ 1,500.00 con bonificación S/ 135.00, vacaciones truncas S/ 1,875.00: S/ 5,114.17 de beneficios. Por despido arbitrario se suman 5.4375 sueldos, S/ 16,312.50: S/ 21,426.67 en total.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido arbitrario?
1.5 remuneraciones por cada año completo de servicios, y por la fracción, dozavos y treintavos; con tope de 12 remuneraciones (art. 38). En contratos a plazo fijo es 1.5 remuneraciones por cada mes que falta para el vencimiento, con el mismo tope (art. 76).
¿Qué incluye la liquidación de beneficios sociales?
La CTS trunca (desde el último depósito de mayo o noviembre), la gratificación trunca (meses completos del semestre en curso con su bonificación del 9%), las vacaciones truncas y las no gozadas, y el sueldo de los días trabajados del mes. En el despido arbitrario, además, la indemnización.
¿Cuándo deben pagarme?
Dentro de las 48 horas del cese (D.S. 001-97-TR art. 3 y D.L. 713). La CTS trunca se deposita en la cuenta CTS; el resto se paga directamente. Si no pagan, puede reclamar ante la SUNAFIL o el Poder Judicial con intereses legales laborales.
¿La liquidación paga impuestos?
La CTS y la indemnización por despido no pagan impuesto ni aportes. La gratificación trunca paga renta de quinta pero no aportes; las vacaciones truncas pagan aportes y renta.
Fuentes
- D.S. 003-97-TR, TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, art. 38 — indemnización por despido arbitrario: una remuneración y media por año completo, tope de doce remuneraciones (Casación Laboral 4013-2020 Lima)
- D.S. 001-97-TR, TUO de la Ley de CTS — arts. 9 y 18 (remuneración computable; gratificaciones a razón de un sexto), 21 y 22 (depósitos semestrales de mayo y noviembre)
- Ley 27735 (gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad: una remuneración por semestre, un sexto por mes completo) y Ley 30334 (bonificación extraordinaria del 9%, 6.75% con EPS) — resumen de la Cámara de Comercio de Lima
- Decreto Legislativo 713 — descanso vacacional de 30 días calendario por año de servicios; vacaciones truncas por dozavos y treintavos
Régimen laboral general con contrato a plazo indeterminado; regímenes especiales, contratos a plazo fijo, reposición judicial y remuneraciones variables se calculan caso a caso. Los resultados son orientativos.